El pago en especie o retribución en especie era un método de pago muy utilizado antes de la aparición de la moneda. La forma de comercializar y de pagar los bienes o servicios en esa época era a través de bolsas de sal, de ahí surge la palabra “salario”. En la actualidad, muchas grandes empresas y algunas más pequeñas, emplean este tipo de pagos, pero de la misma manera es uno de los métodos más desconocidos para los trabajadores.
¿En qué consiste el pago en especie?
El salario en especie es un método de pago en el que no hay dinero de por medio. Si no que, el trabajador, recibe por parte de la empresa la retribución económica mediante la utilización de determinados bienes y servicios que pueden beneficiarle e interesarle. Esto significa que el trabajador recibirá parte de su suelto en dinero y la otra parte en retribuciones en especie, sin embargo, el trabajador no está obligado a aceptar este tipo de pago. Sea cual sea el caso, la ley fija que el valor máximo permitido para este modelo de retribuciones es del 30% respecta al salario bruto.
¿Se debe declarar en la renta?
Sí, el pago tiene que declararse, ya que suponen un ingreso para el trabajador. Por tanto, debe aparecer reflejado en la hoja de nómina. Así, se debe ver reflejado de forma desglosada cada uno de los conceptos percibidos por el trabajador como parte de su sueldo, además de aparecer el valor económico que conlleve, independientemente de si ha generado gasto o no a la empresa. Hay algunos que están exentos de la tributación.
Estas retribuciones pueden ser consideradas como pequeñas ayudas económicas, ya que brindan la oportunidad al trabajador de acceder a productos y servicios con exenciones fiscales y/o a precios muy beneficiosos. Algunas de las retribuciones no monetarias que la empresa puede ofrecer al trabajador y que están exentas de tributación (IRPF) son:
- Tarjetas de trasporte: para desplazamientos entre domicilio y trabajo. La cuantía exenta es de 136,36 € / mes sin sobrepasar los 1.500 € anuales.
- Tickets restaurante: exento hasta 11 € diarios. Utilizable solo en establecimientos de hostelería.
- Guardería: no existe límite en los cheques-guardería siempre que se respete el límite del 30% de totalidad de la cuota. Independientemente del importe.
- Entrega de acciones: exento hasta los 12.000 €, pero la oferta debe reunir las mismas condiciones para todos los trabajadores de la empresa.
- Formación: siempre que la formación esté relacionada con el desarrollo del trabajo. También quedan exentos en servicios de educación para los hijos de trabajadores.
- Seguros: seguros médicos de ámbito privado a cargo de la empresa, extensibles para toda la familia hasta 500 € al año por asegurado.
Sí tributan:
- Un coche: el cual puede utilizar para fines profesiones y personales, diferenciando si es propiedad de la empresa o del empleado.
- Vivienda: exenta la parte del alquiler como salario en especie, está sometida a tributación el 5% del valor catastral de la vivienda si está revisada. Si no lo está, es del 10%.
- Gastos de manutención y hospedaje, seguros personales, etc.
¿Cuáles son las ventajas que ofrecen?
El pago en especie puede traer consigo una serie de ventajas tanto para el trabajador como para la empresa.
- Es un método de retribución flexible, el cual permite a los trabajadores obtener ciertos beneficios fiscales.
- Permite a los trabajadores ahorrar en sus gastos habituales.
- La manera de retribuir les puede salir más barata (empresa), ya que en muchas veces usan bienes que ya tiene.
- Podrá negociar descuentos por volumen.
- Aumenta la motivación laboral.
Como conclusión, podemos decir que el trabajador está renunciando a cobrar más dinero en la nómina, pero a cambio, está ahorrando, gracias al pago en especie. Como mencionamos antes, este pago solo será beneficioso para el trabajador, siempre y cuando los bienes y servicios ofrecidos resulten de su interés y le aporte ciertas ayudas económicas. Además, no se debe imponer esta forma de pago por obligación.