Los nervios pueden atacarnos, especialmente en todo lo relacionado al contrato de trabajo, pues siempre se tiene la sensación de no haber leído lo suficiente antes de firmar. En algunos casos, ni siquiera sabemos a qué tipo de contrato pertenece el nuestro, y en otros hasta se desconoce la clasificación contractual.
Otro de los miedos que nos abordan al conocer nuestro salario está relacionado a la brecha salarial, que ha generado mucha polémica en España y ha sido motivo de debate durante los últimos años. ¿Estaremos dentro de las estadísticas? ¿Cómo saberlo?
En este artículo te explicaremos los cuatro tipos de contratos laborales principales existentes en España. Al final encontrarás unos tips sencillos qué hacer ante un caso de brecha laboral.
Antes que nada, debes saber que un contrato laboral es aquel documento que regula los derechos y deberes tanto del trabajador como de la entidad contratante, tales como el salario, el horario de trabajo, las funciones concretas del cargo, entre otros asuntos.
Contrato indefinido
Es el contrato ideal tanto para el trabajador como para el contratante. El contrato por tiempo indefinido no establece una fecha de terminación de la relación laboral, sino que se entiende que, como su nombre lo indica, la prestación de servicios será por tiempo indefinido. En esta modalidad también suelen fijarse una serie de beneficios, tales como bonificaciones estatales, municipales o de comunidad.
Aunque lo ideal sería que conste por escrito, este contrato tiene la particularidad de que puede ser verbal, no necesitando de ningún tipo de documento para acreditar la existencia del mismo.
Contrato temporal
En oposición al contrato indefinido tenemos al contrato temporal, que establece una duración en la relación de trabajo. Es ideal para aquellas situaciones en las que el trabajador deba desempeñar una actividad muy específica o concreta, tales como una obra o servicio; cuando se desea sustituir temporalmente a un trabajador que está de vacaciones; o cuando se necesita más personal para atender un alza momentánea en la producción.
Contrato de formación o enseñanza
Este contrato está concebido para que aquellas personas menores de 25 años que no tengan formación o experiencia para el puesto al cual quedaron seleccionados. Esta modalidad es perfecta para aquellos trabajadores que deben aprender a desempeñar sus funciones. Tienen una duración mínima de un año y máxima de tres.
La particularidad de este contrato es que durante el primer año al menos un 25% del tiempo que dura la jornada de trabajo debe estar destinado a la formación o enseñanza en las labores asignadas. El porcentaje disminuye a un 15% en el segundo año de trabajo. Implica en ambos casos la tutoría de alguien dentro de la empresa.
Contrato en prácticas
Para este tipo de contrato es imprescindible que la parte contratada tenga algún nivel formativo o se encuentren cursando estudios en la actualidad, pues esta modalidad permite a los estudiantes de cualquier nivel realizar sus prácticas profesionales requeridas para su enseñanza. Su duración va desde los seis meses hasta los dos años.
Otra de las condiciones en este tipo de contratos es que el trabajador debe tener menos de 5 años de culminación de sus estudios.
¿Qué hacer en casos de brecha laboral?
En primer lugar es importante asegurarse de que el sueldo devengado va acorde con el puesto. Además, en caso de reducción del salario, la mismo debe estar justificado por una buena razón, por ejemplo por jornada parcial, teletrabajo o por el tipo de contrato laboral que regirá la relación. En cualquier caso, es importante conversar el tema del salario en el área de recursos humanos de la entidad y buscar asesoramiento legal sobre el tema.